Ordenanzas fiscales · comprobado el 28/09/2026

¿Pagan impuesto de circulación los coches ECO, híbridos y eléctricos?

Sí: ningún coche está exento por su etiqueta. Pero los ayuntamientos pueden rebajar hasta un 75 % el impuesto de circulación a los coches de bajas emisiones y hasta un 100 % a los históricos. Cada ciudad decide si lo hace, cuánto y durante cuánto tiempo. Esto es lo que hemos comprobado en las ordenanzas de 8 ciudades grandes.

Qué dice la ley

El texto refundido de la Ley de Haciendas Locales (art. 95.6) permite a las ordenanzas fiscales establecer una bonificación de hasta el 75 % de la cuota por razón de las características del motor del vehículo y de su incidencia en el medio ambiente, o por el tipo de carburante, y de hasta el 100 % para los vehículos históricos o con una antigüedad mínima de 25 años. Son límites máximos: la decisión es de cada ayuntamiento.

Bonificaciones por ciudad

CiudadCero emisionesECO e híbridosHistóricosCómo y cuánto dura
Madrid 75 % 75 % 100 % Cero: indefinida. ECO: 6 años. vehículos matriculados desde el 1-1-2026; se aplica de oficio.
Barcelona 75 % 50 % 100 % Cero: 5 primeros años desde la matriculación. ECO: 5 primeros años. turismos; motos eléctricas cero emisiones: 40 % 5 años.
València 75 % 75 % 100 % Cero: sin límite en la ordenanza. ECO: sin límite en la ordenanza. turismos eléctricos e híbridos (art. 7.1); rogada: pedir antes del 31 de diciembre del año anterior.
Zaragoza 75 % 75 % 95 % Cero: sin fecha de fin. ECO: 6 años naturales desde la primera matriculación. motor eléctrico o emisiones nulas; híbridos enchufables con etiqueta cero: 75 % durante 10 años.
Sevilla 75 % 75 % — Cero: 5 primeros años desde la matriculación. ECO: 5 primeros años. eléctricos, bimodales o híbridos; también energía solar, biogás, gas natural, GLP, metano, metanol, hidrógeno o aceites vegetales.
Murcia 75 % 30 % 100 % Cero: 3 años desde el ejercicio de la primera matriculación. ECO: 3 años.
Palma 75 % 50 % — Cero: sin límite indicado. ECO: sin límite indicado. BEV, REEV, PHEV con 40 km o más de autonomía, pila de combustible e hidrógeno; de oficio desde 2025.
Las Palmas de Gran Canaria 75 % — 100 % vehículos eléctricos (art. 3.2.2.a) y otros supuestos del mismo artículo.

Fuente: ordenanza fiscal o página oficial de cada ayuntamiento (enlazadas en la ficha de cada ciudad). Las condiciones cambian con cada ordenanza: Madrid, por ejemplo, conserva el régimen anterior para los coches matriculados antes del 1 de enero de 2026. Barcelona conserva los porcentajes de su ordenanza de 2025 y estamos comprobando si ha cambiado para 2026.

Cómo saber la de tu ayuntamiento

  1. Busca en la web de tu ayuntamiento la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (suele estar en «Hacienda» o «Ordenanzas fiscales»).
  2. Mira el artículo de bonificaciones: indica el porcentaje, los tipos de vehículo (eléctricos, híbridos, gas, históricos), la duración y si hay que solicitarla.
  3. Comprueba la etiqueta ambiental de tu coche: muchas ordenanzas la usan para decidir quién tiene derecho.
  4. Si hay que solicitarla, hazlo dentro del plazo: suele ser antes de que acabe el año anterior al que quieres la bonificación.

Con la calculadora del impuesto de circulación ves la tarifa de tu municipio antes de aplicar la bonificación; si tu ciudad está en la tabla, verás también sus bonificaciones bajo el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Los coches eléctricos pagan impuesto de circulación?

Pagan la tarifa del municipio salvo que el ayuntamiento los bonifique, y la mayoría de ciudades grandes lo hace: la ley permite hasta el 75 % por las características del motor, el carburante o la repercusión ambiental. En las ocho ciudades que hemos comprobado (Madrid, Barcelona, València, Zaragoza, Sevilla, Murcia, Palma y Las Palmas de Gran Canaria) los coches de cero emisiones tienen un 75 % de bonificación, pero con duraciones y condiciones distintas: indefinida en Madrid, cinco años en Barcelona y Sevilla, tres años en Murcia.

¿Y los híbridos?

Depende del municipio. Madrid bonifica al 75 % a los ECO durante 6 años (los matriculados desde 2026), Barcelona al 50 % durante 5 años solo a turismos ECO de gasolina de hasta 120 g/km de CO2, València y Sevilla los tratan como a los eléctricos y Zaragoza los bonifica al 75 % durante 6 años. La tabla de arriba resume lo que hemos comprobado.

¿La bonificación se aplica sola o hay que pedirla?

Depende del ayuntamiento: Madrid y Palma la aplican de oficio, mientras que en València y Zaragoza es «rogada», es decir, hay que solicitarla (en València, antes del 31 de diciembre del año anterior). Confirma el caso de tu ayuntamiento en su sede electrónica.

¿Hay bonificación para coches históricos o muy antiguos?

Sí: la ley permite hasta el 100 % para vehículos históricos o con al menos 25 años de antigüedad, y varios ayuntamientos la aplican (Madrid, Barcelona, València, Murcia y Las Palmas de Gran Canaria al 100 %, y Zaragoza al 95 %). Suele exigir la catalogación como histórico o un plazo mínimo.

¿Dónde miro la bonificación de mi municipio si no está en la tabla?

En la ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica de tu ayuntamiento, que está en su web o en su sede electrónica. Estamos ampliando la lista de ciudades comprobadas.

Revisado el 15/10/2026. Cómo trabajamos: metodología.